Cripto bajo la lupa: cuando un token se convierte en valor negociable

La CNV intimó a Belo Argentina S.A. (PSAV) y a Twin/Twin Finance al cese de determinadas actividades vinculadas al activo virtual ARGt, en el marco de una posible intervención irregular en la oferta pública.

El punto de partida fue concreto: publicaciones en redes donde se promocionaba un “rendimiento garantizado” de hasta 32% TNA asociado a ese activo. A partir de ahí, el análisis del regulador no giró en torno a si ARGt era o no una stablecoin, sino en base a otra pregunta mucho más relevante:

¿Qué tipo de producto se estaba ofreciendo realmente?

Belo sostuvo que ARGt era una stablecoin con paridad 1:1 con el peso, emitida por Twin Finance, y que no constituía un valor negociable, pero la CNV fue más allá de la etiqueta y analizó la sustancia económica del esquema.

Conforme ello, y aplicando el famoso «Test de Howey», concluyó que, cuando existe una inversión de dinero, una expectativa de obtener un rendimiento y ese rendimiento depende principalmente del esfuerzo de terceros, el caso puede encuadrar como un contrato de inversión. Y por lo tanto, como un valor negociable en los términos del artículo 2 de la Ley de Mercado de Capitales.

Este criterio no es nuevo a nivel teórico, pero empieza a consolidarse en la práctica local, trayendo tiene una consecuencia directa: el análisis regulatorio ya no se detiene en la tecnología ni en el nombre del activo, sino en cómo funciona el producto y cómo se presenta al público.

En función de ese encuadre, la CNV ordenó el cese inmediato del ofrecimiento, intermediación y promoción de ARGt en Argentina.

Este caso deja tres definiciones que el ecosistema todavía subestima:

1. Primero, el riesgo no está en el token, sino en la promesa de rentabilidad. Un activo puede ser técnicamente válido, pero si se lo estructura y comunica como una inversión, el encuadre cambia.

    2. Segundo, no es un tema de cripto versus regulación. Es un tema de estructura y comunicación. Cómo diseñás el producto y cómo lo vendés importa tanto como la tecnología.

    3. Tercero, los PSAV también están en el radar. La responsabilidad no se agota en el emisor. También alcanza a quien lista, intermedia o promociona.

    En muchos proyectos, el compliance aparece después, cuando el producto ya está validado y este tipo de casos muestra que ese enfoque quedó atrás.

    El compliance hoy es parte del diseño del producto. No para frenar la innovación, sino para hacerla viable.

    La CNV no está discutiendo la existencia de los activos virtuales, sino que está marcando un límite claro: cuando hay expectativa de rentabilidad, hay regulación. Y cruzar esa línea sin estructura jurídica adecuada no es un riesgo teórico.

    En GAC trabajamos con startups, fintechs y PSAV en el diseño legal de productos digitales, para que puedan escalar sin fricciones regulatorias.

    Porque en este escenario, innovar no alcanza. Hay que hacerlo bien desde el día uno.

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