UIF: el vencimiento no es el problema. Es cómo estás presentando.
El 30 de abril de 2026 vence la presentación del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos (ITAER) correspondiente al período 2025 —o 2024–2025 en los casos de informes bienales— y de Declaración de Tolerancia al Riesgopara los sujetos obligados (PSP, PSAV, etc)
Hasta acá, nada nuevo para los sujetos obligados que vienen trabajando sobre su Compliance. El PUNTO CLAVE es saber cómo se está procesando hoy esa presentación y qué está mirando realmente la UIF.
Un cambio operativo que no es menor
La UIF indicó que el ITAER debe enviarse por correo electrónico a informestecnicos@uif.gob.ar.
No hay prórrogas. No hay canales alternativos. Y, en muchos casos, no hay acuse formal de recepción. Esto redefine el escenario, porque en la práctica la carga de probar que cumpliste pasa a ser tuya.
Qué deberías resguardar (y por qué):
En este contexto, no alcanza con enviar el informe. Es necesario poder demostrarlo.
Deberías conservar el mail de envío, la fecha y el horario, la confirmación de entrega y una copia íntegra del informe remitido.
Sin ese respaldo, el cumplimiento puede quedar expuesto ante una revisión. UIF suele contestar con un email de «recibido», si no te llego, solicitalo a dicha entidad.
El verdadero foco: el contenido del ITAER
El error más común es tratar el ITAER como un formulario y No lo es. Y otro ERROR que vamos a empezar a ver es querer hacerlo con Chat GPT, ¡por favor NO! Creer que los informes de Compliance pueden ser sustituidos por IA es un problema que te va a explotar a futuro, la IA puede ser tu asistente, procesarte información pero no sabe cómo funciona realmente tu negocio, qué está buscando la entidad conocer y la función de estos informes. Solo vas a tener un Informe genérico, igual al resto de las empresas que usan IA.
Tanto el ITAER, como la Declración de Tolerancia al riesgo (estos dos informes vencen el 30/04) son una declaración técnica sobre el nivel de riesgo de tu organización y sobre la efectividad de tu sistema de prevención.
En la práctica, los desvíos más frecuentes son matrices de riesgo copiadas o genéricas, ponderaciones sin criterio técnico y metodologías que no pueden explicarse.
Todo eso falla en el mismo punto: no se sostiene frente a un análisis regulatorio.
Qué está evaluando la UIF
La UIF no está mirando solo si presentaste. Está evaluando si lo que presentaste refleja tu operatoria real, tiene coherencia metodológica y puede ser defendido técnicamente. La diferencia es sustancial.
¿Y si no hay actividad? Incluso los sujetos obligados que iniciaron actividades y aún no registran operaciones deben presentar el informe. EL INFORME LO PRESENTAN TODOS.
Y seguro te estás preguntando qué presento si no tuve actividad –> En esos casos, nuestra opinión profesional es que debería construirse sobre la base del plan de negocios o documento equivalente aprobado por el órgano de administración. Y también podes explicar sobre la fase de testing y desarrollo de la plataforma, siempre aclarando que no hubo operatoria para informar.
Cumplir ya no es enviar un informe, es poder sostenerlo.
Porque el problema no aparece cuando mandás el mail, aparece cuando te piden que expliques lo que mandaste.
Si querés saber cómo mejorar tus procesos de Compliance y estar al día con los reguladores que son parte de tu actividad comercial, podemos agendar una call.
Este informe resume novedades normativas recientes en Argentina y tiene fines informativos. No constituye asesoramiento legal ni reemplaza el análisis específico de cada caso.


