El 12 de febrero el Senado de la Nación otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral que introduce cambios relevantes en materia de contratación, indemnizaciones, negociación colectiva y régimen procesal laboral.
Es importante destacar que el proyecto aún debe ser tratado por la Cámara de Diputados para convertirse en ley. Sin perjuicio de ello, su contenido permite anticipar el sentido de las modificaciones propuestas y el posible impacto en las relaciones laborales.
A continuación, te contamos los principales puntos del proyecto.
1. Pago del salario en moneda extranjera y remuneración variable
El proyecto habilita la posibilidad de pactar el pago del salario en moneda extranjera, manteniéndose el esquema bancarizado como medio de pago.
Asimismo, incorpora expresamente la posibilidad de acordar compensaciones adicionales vinculadas a productividad u objetivos, formalizando esquemas de remuneración variable que ya eran utilizados en la práctica.
Este punto puede resultar especialmente relevante en sectores tecnológicos o con fuerte vinculación internacional, aunque exigirá precisión contractual y adecuada registración.
2. Redefinición de la base indemnizatoria
Se establece que la indemnización por antigüedad se calculará sobre la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos no mensuales tales como:
- Sueldo Anual Complementario
- Vacaciones
- Premios o beneficios extraordinarios no habituales
El objetivo declarado es dotar de mayor previsibilidad al cálculo del pasivo laboral. No obstante, la delimitación del concepto de “habitualidad” previsiblemente generará debates interpretativos.
3. Licencias, enfermedades y control médico
El proyecto de reforma introduce modificaciones en el régimen aplicable a las enfermedades o accidentes inculpables, es decir, aquellos no vinculados con la actividad laboral.
En particular, se establecen nuevos criterios para la determinación de la remuneración durante el período de licencia:
Cuando la incapacidad derive de una conducta voluntaria y riesgosa del trabajador, éste percibirá el 50% del salario básico durante un plazo de tres meses, o de seis meses si tuviera personas a cargo.
- Cuando no exista conducta voluntaria o riesgosa, el trabajador percibirá el 75% del salario básico, durante los mismos plazos.
Asimismo, se dispone que las recaídas de enfermedades crónicas solo serán consideradas episodios independientes si hubieran transcurrido más de dos años entre cada manifestación.
El proyecto también refuerza el derecho del empleador a disponer controles médicos y juntas médicas, fortaleciendo los mecanismos de verificación de la situación de incapacidad.
Por último, se establece que las suspensiones económicas o disciplinarias no afectarán el derecho del trabajador a percibir la remuneración parcial en los casos expresamente previstos por la norma.
4. Banco de horas
El proyecto contempla la posibilidad de implementar un régimen de compensación de horas extraordinarias mediante acuerdo entre empleador y trabajador, el cual deberá formalizarse por escrito.
Las horas extras deberán prestarse de manera voluntaria, respetando los límites legales de jornada y los descansos mínimos obligatorios.
Se exige, además, la implementación de un sistema de registro adecuado, que permita llevar un control tanto de las horas efectivamente trabajadas como de aquellas disponibles para su compensación.
Entre los mecanismos previstos se incluyen:
- Pago de horas extraordinarias,
- Sistema de banco de horas,
- Días compensatorios,
según corresponda conforme al régimen de jornada aplicable.
La normativa también habilita que estos acuerdos puedan celebrarse entre el empleador y la representación sindical de la empresa.
En todos los casos, deberá garantizarse el respeto de los descansos mínimos legales y la protección de los derechos del trabajador.
5. Creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Se crea un Fondo de Asistencia Laboral destinado a cubrir contingencias derivadas de desvinculaciones.
Se prevén aportes mensuales:
- 1% para grandes empresas
- 2,5% para MiPyMEs
Con posibilidad de incrementos dentro de determinados márgenes.
Este esquema implica un cambio en la forma de financiar el pasivo laboral, trasladando parte del riesgo desde el momento del despido hacia un sistema de previsión anticipada.
Consideraciones finales
El proyecto cuenta actualmente con media sanción del Senado y deberá ser tratado por la Cámara de Diputados para su eventual aprobación definitiva.
En caso de convertirse en ley, las modificaciones impactarán en la estructura del pasivo laboral, la negociación colectiva y los mecanismos probatorios en juicio.
Resulta recomendable que las empresas comiencen a evaluar preventivamente el alcance de estos cambios en sus contratos, políticas salariales y esquemas de desvinculación, estando nuestros especialistas legales a disposición para cualquier consulta.

