NUEVAS REGLAS PARA LOS EXCHANGES CRYPTO: qué cambia para los PSAV y qué hay que hacer antes del 15 de noviembre

El 15 de noviembre vence el primer informe mensual bajo las nuevas reglas, y muchos PSAV todavía no saben que las reglas cambiaron.

El 15 de octubre la CNV publicó la RG 1172/2026, que reemplaza de forma íntegra el capítulo de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales de sus Normas, a solo siete meses de la RG 1058. Rige desde el 16 de octubre. No es un ajuste de forma: cambia qué se informa y cómo se calcula, qué se exige para seguir inscripto y cómo se cambia de categoría o se da de baja. Estos son los puntos que cualquier PSAV tiene que tener resueltos en las próximas semanas.

1. El informe mensual cambia por completo

El formulario PSAV_014 pasa a llamarse “Informe Mensual: Clientes, Operaciones y Custodia” y se rige por un instructivo nuevo, el Anexo I. Se aplica desde el 1/11/2026.

  • Clientes: solo se cuentan los activos, es decir, los que operaron o tuvieron saldo en los últimos 12 meses, sin duplicados.
  • Volumen: va en miles de USD, bruto, y separado en spot y otros contratos (derivados a valor nocional). Solo cuenta lo operado por cuenta de clientes.
  • Top 10 de activos: se suman el monto en USD, la parte operada contra pesos, el precio promedio y el código DTI. Se presenta en un archivo .txt.
  • Custodia: se informan todos los activos, por activo y red, con su valuación al cierre del mes. Va en otro archivo .txt.

Hay que presentarlo aunque el mes no tenga movimientos. Y si el PSAV todavía no empezó a operar, debe informarlo como hecho relevante.

2. Los informes anuales se mantienen

La auditoría de sistemas y el informe del responsable de cumplimiento siguen venciendo a los 70 días del cierre del año. Para el ejercicio 2026, eso es el 11/03/2027. La novedad es que la auditoría debe incluir los contratos inteligentes cuando la operatoria los use.

3. Hechos relevantes con reglas claras

Ahora existe una obligación general de informar en forma inmediata, con trece supuestos de ejemplo. Entre ellos están los ciberataques, las interrupciones de sistemas, los litigios por más del 10% del patrimonio neto, las pérdidas de más del 15% y el inicio o el cese de actividades.

4. Requisitos societarios más estrictos

  • Objeto social: debe mencionar expresamente la actividad PSAV; las fórmulas genéricas ya no alcanzan.
  • Capital: debe estar totalmente integrado e inscripto.
  • Aportes irrevocables: deben capitalizarse dentro de los 6 meses.
  • Estatuto: el texto ordenado tiene que estar publicado en la AIF.

5. Otros cambios para tener en el radar

  • Los protocolos descentralizados quedan alcanzados si alguien ejerce control suficiente sobre ellos.
  • Se prohíben expresamente los mixers y demás servicios de anonimización.
  • Hay procedimientos nuevos para cambiar de categoría, cambiar la denominación social y darse de baja. Para la baja hay que avisar a los clientes con 30 días de anticipación.
  • Quien referencia clientes solo puede redireccionarlos; no puede recibir ni ejecutar órdenes.

La normativa PSAV sigue madurando, y cumplir bien hoy significa tener datos ordenados, conciliados y trazables. Si estás adaptando tu operación a la RG 1172, hablemos.

Dra. Paula Romina Arenzo — Socia, Estudio GAC (Gándara, Arenzo & de las Carreras)

Scroll al inicio