Los pacientes tienen el derecho a acceder a la mejor alternativa de tratamiento para su patología. En Estudio GAC te asesoramos jurídicamente para exigir que tu Obra Social o Prepaga cubra tu tratamiento o medicación.
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a la cobertura de todos los tratamientos de rehabilitación que les indican sus médicos tratantes.
La Ley prohíbe a las Obras Sociales que desafilien a aquellas personas que se jubilan. El pase a PAMI, OBSBA o a IOMA es optativo.
Las Prepaga sólo pueden cobrar valores diferenciales por enfermedad preexistentes con especial autorización del Estado en cada caso particular.
Las Prepagas no pueden rechazar a ninguna persona que quiera afiliarse a ellas.
Toda persona con discapacidad tiene derecho a acceder a la cobertura de un hogar geriátrico o centro de rehabilitación o al reintegro de lo pagado por el paciente hasta el máximo establecido por el nomenclador de prestaciones para personas con discapacidad.